BIENVENIDOS COMPATRIOTAS, SIMPATIZANTES Y AMIGOS

INVITACIÓN ONPE

EVENTO DE CAPACITACIÓN
ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS QUE INTERVIENEN EN LAS ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 (ERM-2014)
 

OPINIÓN

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER Y SU IMPACTO EN EL PERÚ 

Por: José Fernando Arriola Arriola (*)

Cada 08 de marzo de cada año se celebra mundialmente los esfuerzos y luchas que las mujeres han realizado en pro de alcanzar  derechos de igualdad,  justicia,  paz y desarrollo.

A partir de estas manifestaciones se dieron una serie de tratados, convenios y declaraciones internacionales que velan por la promoción y defensa de los derechos humanos en general y de los derechos humanos de las mujeres en particular. Pudiendo ser de dos tipos:  
a. Vinculantes: Aquellos que generan obligaciones para el Estado que los suscribe como proteger y promover los derechos, investigar sus violaciones, sancionar a los Estados responsables de esas vulneraciones y reparar los daños ocasionados a las víctimas.
b. No vinculantes: Aquellos, como las declaraciones, que pueden generar compromisos para los Estados, más no responsabilidad por su incumplimiento.
El Perú forma parte de dos sistemas de protección de derechos humanos: El sistema universal (Naciones Unidas) y el sistema interamericano de derechos humanos, habiendo suscrito en el año 1995 los acuerdos de la Plataforma de Beijing concretando así su compromiso con la erradicación de las brechas de género y de toda forma de discriminación por sexo. Como se señala en la Plataforma, los Estados expresaron su decisión de “… promover los objetivos de igualdad, desarrollo y paz para todas las mujeres del mundo, en interés de toda la humanidad” (ONU, 1995).

El  primer hito importante que se dio para consolidar este compromiso fue la creación del Ministerio de la Mujer que se llamó PROMUDEH, después MIMDES, y que ahora se le conoce como Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Desde ese entonces ha existido una tendencia favorable dentro de un marco normativo específico sobre la materia como nuestra Constitución Política del Perú que reconoce el derecho a la igualdad ente la ley y la no discriminación por motivos de sexo, entre otros como su artículo 191°, y otras normas de carácter regional, municipal, electorales y de participación, así como el Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, que aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017, que busca Transversalizar el enfoque de género en las normas, políticas, planes, y en la gestión pública a nivel nacional, regional y local, siendo fundamental para garantizar el reconocimiento, promoción, protección y exigibilidad de los derechos de las mujeres y hombres en igualdad de condiciones en los diferentes ámbitos públicos y privados, como el Estado, los partidos políticos, las empresas, las comunidades, las familias, a fin de lograr la reducción de la desigualdad, exclusión, y vulnerabilidad social, económica, política y cultural, y contribuir a la construcción de una ciudadanía plena para hombres y mujeres sin discriminación. 

En las zonas rurales y de la selva donde se hacen evidentes las desigualdades y los atropellos a sus derechos; ellas tienen una presencia social muy activa para solucionar los problemas en sus comunidades, participando en el programa de vaso de leche, comedores populares, como promotoras de salud y en los Comités de Alimentación Escolar-CAE de Qali Warma; sin embargo son muy pocas las que acceden a dirigir organizaciones económicas o políticas como, presidencias de comunidades campesinas, comités de riego, alcaldías o gobiernos regionales.


Según este contexto y por citar los resultados de los procesos electorales pasados, las mujeres autoridades en nuestro país representan solo el 2.7% del total de autoridades; por lo cual se hace necesario y urgente una nueva agenda que fortalezca las medidas afirmativas como la Cuota de Género, Mandato de Posición, la Alternancia y la Paridad, que se aprueben las nuevas iniciativas legislativas como son: el Proyecto de Ley N° 1902-2012-CR, “Ley que modifica el plazo prescriptorio de la pensión alimenticia del Código Civil para proteger el derecho del menor alimentista”, Proyecto de Ley N° 1903-2012-CR “Ley contra el acoso político hacia las mujeres”, y el Proyecto de Ley N° 2121/2012-CR, “Ley general de protección a la Madre Adolescente”.

En suma, toda iniciativa es buena y como sociedad civil nos toca ser los promotores de la participación activa de la mujer no solo por celebrar y recordar su día, si no todos los días, en distintos espacios de nuestro Estado, superando a nuestra Historia e inequidad en lo político, educativo, salud, violencia física y/o sexual, hostigamiento, discriminación, acceso a la identidad, familia, empleo y trabajo.

 
 
(*) Militante, Secretario de Organización y Movilización Base Sangre Joven Nacionalista, Ex Personero Técnico PNP Elecciones 2006, 2009, 2010, Ex Delegado Provincial 2009, Presidente del Comité Electoral Descentralizado Región La Libertad 2013.