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OPINIÓN

LEY DEL SERVICIO CIVIL
                                               
Por: José Fernando Arriola Arriola (*)
 
La Macroestructura del Estado peruano de acuerdo a nuestra Constitución Política (Título IV “De La Estructura del Estado”), está organizado a través del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, además de los Organismos Constitucionales Autónomos, la Asamblea Nacional de Rectores y Universidades Públicas, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y según la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, podemos establecer que esta macroestructura del Estado peruano se resumen en tres niveles de gobierno: Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.

Entonces esto me lleva a revisar las diferentes estructuras orgánicas de estos 3 tipos de gobierno, del Gobierno Nacional que lo conforman el Poder Legislativo en sus dos ámbitos más importantes la Organización Parlamentaria y el Servicio Parlamentario, sin considerar la Comisión Permanente y el Centro de Estudios Constitucionales y Parlamentarios del Congreso, el Poder Ejecutivo y sus 18 ministerios, sin considerar a la PCM, el Poder Judicial y sus 6 órganos jurisdiccionales y los 10 Organismos Constitucionales Autónomos. Por otro lado a los 26 Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales divididos en 195 Municipalidades Provinciales, 1,643 Municipalidades Distritales y 2,224 Municipalidades de Centros Poblados, una estructura que resulta muy compleja y que representa aproximadamente más de 400 mil servidores del estado.

En el año 2008 mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que define en su artículo 2° que el servicio civil es “el conjunto de medidas institucionales por las cuales se articula y gestiona el personal al servicio del estado, que debe armonizar los intereses de la sociedad y los derechos de las personas al servicio del Estado” entonces nos lleva a relacionar esta definición a un sentido más amplio, como un Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que establece, regula y brinda las normas técnicas de las políticas del estado peruano con respecto al servicio civil.

Si queremos una modernización del estado, esta dependerá de la adecuación de las personas a la estrategia, fines y objetivos de una organización o sistema, para producir resultados acordes a los fines perseguidos, que anteriormente y hoy no se dan con calidad, ya que nuestro régimen laboral de nuestro estado peruano es totalmente desordenado y según especialistas en la materia laboral existen 15 regímenes laborales entre generales y especiales, y cada régimen implica distintos derechos y deberes,siendo tres las más principales que albergan el 70% de trabajadores, el Decreto Legislativo N° 276 que agrupa a su ves 222 normas de distinta jerarquía, el  Decreto Legislativo N° 728 que agrupa 93 y la normativa referida a regímenes especiales como es el CAS que agrupa 106, lo que hace un total de 421 normas del Servicio Civil en el Perú que atenta contra la igualdad de trato y la equidad salarial.    
    
Los antecedentes de estas reformas del Servicio Civil en el Perú vienen desde el año 1950 cuando se dictó el Decreto Ley N° 11377 Ley del Estatuto y Escalafón del Servicio Civil y su Reglamento, D.S. N° 522 que normaron, por primera vez la carrera administrativa en el Perú, pero fue a partir del año 1990 que se han llevado cuatro intentos de reforma con el fin de consolidar el sistema de gestión de recursos humanos en el estado, siendo este primer intento de reforma entre los años 1990-1992, cuyo objetivo fue: “Redefinir el papel del estado, del aparato administrativo, flexibilizar el empleo público y modernizar áreas clave para las políticas económicas del país”,  el segundo entre 1995-1997 cuyo objetivo fue: “Reorganizar el Estado y mejorar la operación de las entidades y la cobertura de los servicios públicos”, el tercero entre 2000-2006 cuyo objetivo fue: “Establecer una visión de Estado de largo plazo, consensuada y sobre la base de un gobierno moderno y descentralizado”, el cuarto intento 2008-2012 cuyo objetivo era “Mejorar la gestión del aparato administrativo del Estado para el fortalecimiento de la competitividad del país” y en enero de este año 2013 nuestro actual gobierno presento al Congreso de la Republica el proyecto de Ley del Servicio Civil, que este dos de julio fue aprobado y publicado en el diario El Peruano mediante Ley N° 30057-Ley del Servicio Civil, que ha traído muchos reclamos y manifestaciones a nivel nacional, cuyo objetivo es “Ordenar y mejorar el funcionamiento de la gestión de los recursos humanos en el sector público, que permita mejorar el desempeño y el impacto positivo que el ejercicio del servicio público debe tener sobre la ciudadanía”, esta reforma propone que sea integral y armonice los deberes y derechos de las personas que trabajan en el aparato estatal como son: funcionarios, directivos, servidores de carrera, servidores de actividades complementarias y servidores de confianza, será implementada progresivamente a un plazo máximo de siete años, según la disponibilidad fiscal y las leyes anuales de presupuesto. Después de 22 años se da un paso trascendental e importante para lograr un estado moderno al servicio de la ciudadanía que mucha falta nos hace.


(*) Militante, Secretario de Organización y Movilización Base Sangre Joven Nacionalista, Ex Personero Técnico PNP Elecciones 2006, 2009, 2010 y Ex Delegado Provincial 2009. 

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